Rafael Ponce
Abogado. Área derecho concursal.
El pasado 31 de enero tuvo lugar el primer evento de este nuevo año 2024 donde se abordaron temas tan relevantes de la reforma, como lo son el concurso sin masa, los planes de reestructuración, la venta de unidad productiva y el procedimiento especial de microempresa regulado en el libro tercero de nuestro texto legal.
Para ello contamos de la mano de tres magistrados:
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- Ilmo. Sr. Don Antonio Fuentes Bujalance. Magistrado del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba.
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- Ilmo. Sr. Don José Luis Fortea Gorbe. Magistrado del Juzgado de lo Mercantil número 4 de Alicante.
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- Ilmo. Sr. Don Francisco Cabrera Tomás. Magistrado del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante, con sede en Elche.
Podemos comenzar a ver las luces y sombras de la Reforma Concursal desde su entrada en vigor después de casi un año y medio, pues, aunque realmente ha supuesto una enorme ventaja en su aplicación, nos encontramos aun con algunas carencias que poco a poco la práctica judicial ha de ir resolviendo en los tribunales.
La mesa redonda, comenzó abriendo un debate sobre el famoso concurso sin masa, arrojando datos tan abrumadores en tanto que son más del 75% de los concursos declarados en el año 2023, los que han sido tramitados como “sin masa”. Aunque con salvedades, en términos generales, son concursos sin masa aquellos en los que no existen bienes que liquidar o que, de existir, están gravados con cargas o tienen valoración ínfima.
Aunque la gran avalancha de concursos sin masa viene originada por el concurso de persona física, comúnmente conocido como Ley de Segunda Oportunidad, cada vez son más aquellas empresas que se ven abocadas a declarar un concurso de estas características, en tanto que no tienen activo alguno y la única motivación para su presentación es proceder al cierre conforme a lo establecido en el artículo 361 la Ley de Sociedades de Capital.
Como segundo tema a comentar, apareció en nuestra mesa el reciente y novedoso escenario de los planes de reestructuración, que desempeñará un papel fundamental en el panorama jurídico económico próximamente pues ya constan iniciados mas de 300 en nuestro país desde su entrada en vigor.
Como definición básica e intuitiva, pues del propio nombre se desprende la misma, los planes de reestructuración, son planes orientados a reestructurar compañías que se encuentran pasando por una etapa financiera delicada, necesitando adoptar medidas en interés de la compañía y de los acreedores, con el fin de mantener la actividad y evitar el concurso, donde ha quedado más que acreditado cual ha sido desde el año 2003 el destino final de estás compañías declaradas en concurso, la liquidación y el cierre.
Sin embargo, un papel fundamental juega los administradores societarios en esta figura de la reestructuración, pues este mecanismo preconcursal exige una educación y conocimiento por parte de los administradores de las compañías, quienes tendrán que adelantarse a los acontecimientos una vez que tengan conocimiento de una situación financiera complicada e insostenible en el corto medio plazo. Para ello y aunque con muchas sombras aun por aclarar, intervienen los mecanismos de alerta temprana, cuya intención es avisar y alertar de un problema con tiempo suficiente para poder tomar medidas de contención.
Tras cerrar la mesa de debate sobre las luces y sombras de la Reforma Concursal , varios asistentes formularon algunas cuestiones sobre los temas tratados, destacando la formulada por una asistenta que preguntó sobre la posibilidad de excluir la vivienda habitual de un concurso, cuando esta tenga un valor superior al de la carga hipotecaria pero los concursados se encuentren en situación de vulnerabilidad, a lo que hubo conformidad de los tres magistrados respondiendo que la única vía de mantenimiento sería mediante un plan de pagos.
Al finalizar el evento, los ponentes y asistentes pudieron disfrutar de una copa de vino español en el que se intercambiaron cuestiones, opiniones y conclusiones sobre la temática propuesta en esta mesa redonda.
Compartimos el vídeo completo de la sesió