POLÍTICA DE CALIDAD
Artículo 27 Ley Concursal S.L.P, despacho dedicado a la prestación de servicios de Administración Concursal mantiene un claro compromiso con la prestación de servicios de Calidad a sus clientes, tanto empresas particulares cómo institución judicial. En esta línea, asume la voluntad de mejorar de manera continua la eficacia de su sistema de gestión y cumplir con los requisitos establecidos, incluidos los legales y reglamentarios.
Por todo ello, la Dirección de Artículo 27 Ley Concursal S.L.P consciente de la importancia de implantar un Sistema de Gestión de la Calidad basado en la norma UNE-EN-ISO 9001 establece los siguientes puntos en su Política de Calidad, y se compromete a difundirla a todos los niveles de la empresa y a proporcionar los recursos necesarios para su cumplimiento:
- CLIENTES
- Garantizar un servicio integral en la llevanza de concursos de acreedores, entendido como:
- Máxima eficiencia en la gestión, tanto a nivel jurídico como económico.
- Asignación eficaz de funciones y responsabilidades.
- Aportar seguridad y tranquilidad al cliente.
- Uso de aplicaciones informáticas adecuadas a la actividad del despacho.
- Garantizar un servicio integral en la llevanza de concursos de acreedores, entendido como:
- EFICIENCIA INTERNA
- Lograr que el funcionamiento de los procesos internos de la organización se encuentre totalmente sistematizados, garantizando plena agilidad y eficiencia en la ejecución de las tareas y funciones del despacho.
- Revisar los Objetivos de la calidad establecidos, como medio para asegurar la mejora continua de las actividades y servicios prestados. Así como establecer y proponer otros Objetivos de la calidad que conlleven a una mejora continua.
- RECURSOS HUMANOS
- Máxima atención a nuestros recursos humanos, promoviendo su formación, cualificación y profesionalidad, como principales herramientas para la calidad de servicio.
La Dirección